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1898.- EL DELINCUENTE ESPAÑOL. HAMPA (ANTROPOLIGÍA PINTORESCA) POR RAFAEL SALILLAS

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hoja de presentación desprendida

Editado en madrid en 1898 por la librería Victoriano y Suarez. 540 páginas, Encuadernado en piel y cartoné. Buen estado general salvo que está desprendida la página de presentación (ver fotos).

Índice General:

Hampa Social

Gitanismo (origen de los síngaros, los gitanos y novela picaresca, los gitanos y la legislación, psicoligía gitanesca...)

Hampa delincuente.

OBRA RARA Y MUY BUSCADA.

 

Rafael Salinas.

La más clara manifestación en España del positivismo italiano es la obra de Rafael Salinas, quien corno los criminólogos de aquel país, consagra lo mejor de su labor a estructurar una doctrina que explique las causas del delito y a ofrecer una comprensión del delincuente. Esta tarea la aborda en sus estudios sobre el delincuente español (El lenguaje y Hampa). En la última de estas obras se inclina el pensamiento que luego culmina en su libro la teoría básica.

Es cierto que, como agudamente observa María Dolores Fernández, Rafael Salinas no puede ser considerado como "puro representante del positivismo criminológico" por dos razones fundamentales: no aplica sistemáticamente uno de los elementos fundamentales de esa tendencia, la experimentación, y, a diferencia de los positivistas, no pretende incidir sus conclusiones en el ámbito del Derecho Penal. Ello no constituye obstáculo, a mi entender, para considerarlo corno manifestación en España del positivismo criminológico, pues las tendencias doctrinales importadas no crecen sobre nuestro suelo sin variantes de importancia. El correccionalismo, que ya hemos estudiado, no es desde luego caso único.

La doctrina de Salillas, como señaló Dorado Montero, es una teoría propia y original, "tan digna de estudio y apareció, por no decir más, como cualquiera otra de las que por ahí corren acerca de las causas de la delincuencia". Es predominante sociológica, aunque no deseche la importancia de los factores antropológicos. Ya en el método utilizado para construir y desarrollar sus hipótesis, se advierte la peculiaridad de la formulación, pues, a diferencia de los que hacían los criminólogos de otros países, no se limita a observar al delincuente, sino que se preocupa por las conexiones que le ligan al medio en que vive, utilizando métodos sociológicos y psicológicos. El medio que estudia Salillas es el de la realidad criminológica de España, pues es la delincuencia española la que constituye el objeto de su atención.

Parte R. Salillas de que la raíz inmediata del delito se halla en la constitución psíquica y orgánica del delincuente; pero su raíz inmediata, la causa fundamental, está en el medio físico y social en que vive el individuo, en su base de sustentación. Es este medio el que conforma la psiquis criminal, el que en definitiva hace su comportamient según sea la base de sustentación (física o nutritiva) sobre la que vive, y de la que toma sus recursos alimenticios, así será su personalidad y, por lo tanto, su conducta social.

1.3. La criminología y el derecho penal

De lo que hasta ahora llevo dicho, resulta que la Ciencia del Derecho Penal y la Criminología son ciencias diferentes, con límites fronterizos bien definidos.

Se distinguen por su naturaleza (normativa la ciencia del derecho penal empírica y causal-explicativa), por su objeto de estudio (el aspecto normativo del delito la ciencia del derecho penal; es aspecto real, la criminología) y por el método que emplean (técnico-jurídico la primero; empírico, la segunda).

La penología. concepto, objeto y método.

Es sin duda la Penología la disciplina más discutida de todas las que forman parte de la Enciclopedia de las Ciencias Penales. Se pone en entredicho su denominación, su carácter de ciencia autónoma, su naturaleza, e incluso su alojamiento sistemático, que se disputan otras ramas pertenecientes también a esa constelación de disciplinas que se ocupan del delito y del delincuente. Es obligado, por ello, para determinar su contenido y diferencias con la Ciencia del Derecho Penal, tomar una posición ante el panorama conflictivo que la Penología presenta.

La denominación penológica (penology) aparece en el año 1834 y se debe al autor americano, de origen germano. Francis Lieber, quien la concibe como la disciplina que se ocupa de la aplicación y ejecución de toda clase de penas. Nace así con una dimensión amplia que trata del castigo del delincuente.

Posteriormente, y a lo largo de todo el siglo XIX, su contenido se limita, especialmente Por obra de la literatura francesa, a la aplicación y ejecución de la pena privativa de la libertad impuesta mediante sentencia judicial, y se tiende a sustituir su denominación por la de "Ciencia Penitenciaria". El proceso es explicable porque apena privativa de libertad, al disminuir la frecuencia de la capital y desaparecer las corporales, pasa a ser la más importante en las escalas de sanciones de todos los ordenamientos jurídicos. En los Congresos Penitenciarios de Cincinnati (1870), de Londres (1872) y Estocolmo (1878), que contribuyen considerablemente a desarrollar y sistematizar la disciplina, el objeto de la misma se mantiene casi circunscrito a la pena privativa de libertad.

Pero a partir del congreso de Roma (1865), y en general a lo largo del siglo XX, se produce un proceso extensivo del objeto de la llamada preponderante “Ciencia Penitenciaria", incluyéndose temas ajenos a la pena privativa de libertad. Este proceso culmina en los últimos tiempos, en que la pena de prisión va perdiendo importancia y ganándola el tratamiento es semi-libertad y en libertad, con los que los márgenes de la disciplina rebasan lo puramente penitenciario.

Ante esa realidad, no parece correcto seguir tratando de sustituir denominación Penología por la Ciencia Penitenciaria, concebida ésta en sentido amplio y procede volver a dar la Penología, con la amplia dimensión que tuvo en su origen, un lugar independiente en la Enciclopedia de las Ciencias Penales, entendiéndola como disciplina que se ocupa del tratamiento del delincuente. Desde este punto de vista puede definirse corno la disciplina que tiene por objeto el estudio de los diversos medios de represión y prevención directa del delito (penas y medidas de seguridad), de sus métodos de aplicación y de la actualización postpenitenciaria y de rehabilitación.

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Vom 12/06/2004
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