Orden ministerial 160/2005, de 10 de octubre (BOD 204)
Reservista voluntario
Descripción:
Escudo español partido y enclavado de cuatro; primero, jaquelado de sable y azur, de tres y ocho; segundo, de gules. Jefe con los colores nacionales distribuidos como en la enseña nacional cosido de sable. Brochantes dos espadas, la diestra baja con hoja de plata y encabada de oro y la siniestra alta de lo mismo
Derecho al uso:
Reservistas voluntarios en situación de activados que se incorporen a las Fuerzas Armadas
Lugar de colocación:
Se colocará por encima del bolsillo superior derecho de la guerrera o prenda equivalente de cualquier uniforme, excepto sobre los de campaña, etiqueta y gran etiqueta
Orden ministerial 122/2006, de 4 de octubre (BOD 197)
Unidad Militar de Emergencias
Descripción:
Escudo español tajado y cotizado de ocho, primero de gules y oro, segundo de oro y azur. Timbrado de corona real.
Derecho al uso:
Personal militar que haya estado destinado en la UME durante dos años consecutivos o tres discontinuos. A estos efectos computa el tiempo de servicios prestados en el núcleo de constitución
Lugar de colocación:
Sobre la tabla central del bolsillo de derecho de la guerrera